Estrenemos el 2000 sin IVA para el oro de inversión. Una exención tributaria de la que ya disfrutaban cuatro Estados de la Unión Europea –Francia, Alemania, Bélgica y Luxemburgo- y que se incluirá en la ley de acompañamiento de los presupuestos del próximo ejercicio en nuestro país. En definitiva, a partir del 1 de enero próximo el oro se librará de las desventajas fiscales que no afectaban a otro tipo de inversiones. Cualquier particular podrá adquirir lingotes o monedas del preciado metal en joyerías o sociedades dedicadas a su comercialización sin tener que aumentar a su coste el 16% del mencionado impuesto.
La medida iguala a los quince Estados miembros de la UE después de cinco años de intensas negociaciones que dieron como resultado una directiva aprobada por la Comisión Europea el 12 de octubre de 1998 y que ahora entrará en vigor en nuestro país.
Pero, ¿qué significa en la práctica esta medida habida cuenta de que en España no ha existido una tradición inversora en dicho metal precioso?. La respuesta es como el pez que se muerde la cola. La inversión en oro en este país precisamente no se ha fomentado por estar largamente penalizada. Recordemos que el oro inicialmente estaba gravado con el desaparecido Impuesto sobre el Lujo a un tipo del 23%. Posteriormente, con el IVA se pasó a tributar por el tipo máximo del 33% y en la actualidad, suprimido el tipo máximo, se le aplica un 16%. Es decir, a partir del año próximo cualquier particular con unos ahorrillos podrá adquirir oro a mejor precio, sí, tendrá el inconveniente de que no le va a producir un interés o plusvalía a la altura de otras inversiones, pero el metal precioso también proporciona sus ventajas: liquidez inmediata, carácter tangible- frente al efímero papel o el título- y cómoda transportabilidad.
Respecto a la joyería, el tema es más peliagudo. Nuestro país es un poco atípico respecto a sus vecinos europeos. Tradicionalmente el español no ha invertido en un lingote de oro, pongamos por caso, pero si que las joyas han sido –sobre todo en el periodo de postguerra- una inversión a largo o infinito plazo. En definitiva, una forma de colocar algunos ahorros y a la que en su momento se podía recurrir o bien, la mayoría de las veces, legar como un recuerdo de valor.
Los cambios que conllevará la nueva legalidad están por ver, pero lo que sí es necesario es el autoconvencimiento del sector y el convencimiento de todos sus clientes de que la inversión en joyería suma un plus: el diseño, la mano del artesano, la genialidad del creativo... Algo que nunca podrá expresar un lingote.
lunes, 20 de septiembre de 1999
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